Ayudas para placas solares en España: qué tipos existen y cómo solicitarlas

Publicado el 20 de septiembre de 2026 · Última revisión: 20 de septiembre de 2026

No existe una única subvención estatal para placas solares. Las ayudas se reparten en tres niveles (ayuntamiento, Hacienda y comunidad autónoma) y casi todas dependen de dónde vives. La ley permite a los ayuntamientos bonificar hasta el 50 % del IBI y hasta el 95 % del ICIO por instalaciones solares, pero ninguna es obligatoria: cada municipio decide si la ofrece y con qué porcentaje.

Los fondos europeos Next Generation, que financiaron buena parte de las subvenciones de años anteriores, se han agotado según las fuentes del sector. Las ayudas directas actuales suelen abrirse mediante convocatorias autonómicas, con presupuesto y plazo limitados.

Los tres niveles de ayuda

Nivel Qué suele ofrecer Dónde comprobarlo
Ayuntamiento Bonificación del IBI y del ICIO Ordenanzas fiscales de tu ayuntamiento
Hacienda Deducciones del IRPF ligadas al autoconsumo Agencia Tributaria y nuestra guía de deducciones
Comunidad autónoma Subvenciones directas por convocatoria Boletín oficial autonómico y web de la consejería de energía

Nivel 1: bonificaciones municipales

IBI: hasta el 50 % de la cuota

El artículo 74.5 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales permite que las ordenanzas fiscales regulen una bonificación de hasta el 50 % de la cuota íntegra del IBI para inmuebles con sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar. Es potestativa: el ayuntamiento puede no aprobarla, fijar un porcentaje menor y añadir condiciones sobre duración, límites económicos y documentación. Además, exige que la instalación tenga la homologación correspondiente.

Los porcentajes reales varían mucho entre municipios. Según una fuente consultada, unas ciudades aplican el máximo del 50 % y otras se quedan muy por debajo. Por eso el dato válido para ti es el de la ordenanza fiscal de tu ayuntamiento.

ICIO: hasta el 95 % del impuesto de obras

El artículo 103.2.b permite una bonificación de hasta el 95 % del ICIO para construcciones, instalaciones u obras que incorporen sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar, también condicionada a la homologación. Al igual que la del IBI, es potestativa.

El ICIO se paga normalmente al obtener la licencia o presentar la comunicación de la obra, así que la bonificación debe solicitarse antes o durante la tramitación de la licencia, no después. Pregunta a tu ayuntamiento cuál es el plazo.

Cómo comprobar qué ofrece tu ayuntamiento

  1. Busca “ordenanza fiscal IBI” y “ordenanza fiscal ICIO” en la web municipal.
  2. Localiza el artículo de bonificaciones por energía solar o autoconsumo.
  3. Anota el porcentaje, la duración en años, los requisitos técnicos (homologación, potencia mínima) y el procedimiento de solicitud.
  4. Si no lo encuentras, llama al servicio de gestión tributaria o al de urbanismo.

Municipios con datos verificados

Estas guías recogen lo que dice la ordenanza fiscal vigente de cada municipio, con enlace a la fuente y fecha de consulta:

Municipio IBI ICIO Guía
Castelló d’Empúries 50 % durante 5 años, máximo 500 € al año 90 % Ver guía
Roses 50 % durante 2 años, máximo 450 € al año; exige potencia mínima 90 % Ver guía
Girona 50 % durante 5 años, máximo 329,10 € al año; exige 30 % de autoconsumo 95 % Ver guía
Figueres 25 % durante 5 años, máximo 400 € al año; exige 30 % de autoconsumo 50 % Ver guía
l’Escala 30 % durante 5 años, máximo 350 € al año; exige potencia ≥ 50 % de la contratada 95 % Ver guía
Cadaqués Sin bonificación encontrada en la ordenanza vigente Sin bonificación encontrada Ver guía (normativa de integración paisajística)
Palafrugell Escalonada según valor catastral: 50 % / 25 % / 5 %, durante 2 años 60 % Ver guía
Blanes 30 % durante 5 años, máximo 300 € al año; exige cubrir el 60 % de la demanda energética 95 % Ver guía

Empuriabrava pertenece al término municipal de Castelló d’Empúries y se rige por la misma ordenanza: consulta su guía.

Iremos añadiendo más municipios. Si el tuyo no está, usa el método de la sección anterior.

Nivel 2: Hacienda

Las deducciones del IRPF por eficiencia energética y por autoconsumo han cambiado con frecuencia y han tenido fecha de caducidad. Para 2026 existe una deducción estatal del 10 % o el 20 % (base máxima de 5.000 €), recogida en el Real Decreto-ley 7/2026 y convalidada por el Congreso. Lee la guía de deducciones del IRPF de 2026 para ver requisitos, plazos y ejemplos, y el resumen de novedades del RDL 7/2026.

Nivel 3: comunidades autónomas

Las convocatorias autonómicas cambian cada año en presupuesto, requisitos y plazos. Para cada convocatoria conviene comprobar:

Ejemplo de cómo se suman las ayudas

Supón una instalación de 4.000 € (dato ilustrativo, no una oferta) en un municipio que bonifica el IBI con un 30 % durante 3 años, y un IBI anual de 500 €:

Los importes reales dependen de tu ordenanza y de tu situación fiscal. Para ver el efecto sobre la amortización, resta las ayudas al coste en la calculadora.

Cómo evitar quedarte fuera

Preguntas frecuentes

¿La bonificación del IBI es automática? No. Normalmente hay que solicitarla, y los plazos y documentos los fija cada ayuntamiento.

¿Puedo pedir la bonificación si ya instalé las placas? Depende de la ordenanza. Algunas permiten solicitarla después; la del ICIO suele estar ligada a la licencia, así que conviene tramitarla antes.

¿Las ayudas cubren también las baterías? Depende de cada convocatoria. Léelo en las bases antes de decidir (baterías).

¿Qué pasa en una comunidad de vecinos? Puede haber ayudas específicas y otras reglas de reparto. Mira placas solares en una comunidad y autoconsumo colectivo.

¿Cómo sé si una ayuda sigue abierta? Consulta siempre la fuente oficial: boletín autonómico, web del ayuntamiento o de la agencia de energía. Los artículos de terceros pueden estar desactualizados.

Fuentes