Novedades del Real Decreto-ley 7/2026 para el autoconsumo solar

Publicado el 21 de septiembre de 2026 · Última revisión: 21 de septiembre de 2026

El Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, aprobó el «Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio» y, dentro de él, varias medidas que afectan al autoconsumo fotovoltaico. Se publicó en el BOE el 21 de marzo, entró en vigor al día siguiente y el Congreso lo convalidó el 26 de marzo de 2026. Esta guía resume solo lo que atañe a quien quiere instalar placas, con referencias al texto oficial. Fecha de consulta: 21 de septiembre de 2026.

Resumen rápido

Medida Qué establece el texto Para quién importa
Distancia de autoconsumo a través de la red Hasta 5.000 m para fotovoltaica o eólica de hasta 5 MW Autoconsumo compartido entre edificios o parcelas cercanas
Combinar modalidades Se puede cambiar de modalidad y, en un caso concreto, combinar dos Quien tiene o piensa ampliar
Gestor de autoconsumo Nueva figura que representa a los consumidores asociados Comunidades y autoconsumos colectivos
Atención de la distribuidora Servicio con teléfono gratuito para titulares de autoconsumo Cualquier instalador o propietario con un expediente atascado
Deducción del IRPF 10 % o 20 %, base máxima de 5.000 € Propietarios que instalan y terminan en 2026
Capacidad de acceso El 10 % de la capacidad reservada para concursos se libera para autoconsumo Proyectos grandes, no viviendas

1. Distancia: hasta 5 km, pero solo en un caso

Es la medida que más titulares ha tenido y la más fácil de malinterpretar. La disposición final decimocuarta modifica el artículo 3.g) del Real Decreto 244/2019. Para que una instalación se considere «próxima» a los consumidores que abastece, tiene que cumplir alguna de estas condiciones (el texto consolidado del BOE las lista así):

Condición Cuándo se cumple Tipo de instalación
i Está conectada a la red interior de los consumidores o unida por una línea directa Próxima de red interior
ii Está conectada a redes de baja tensión derivadas del mismo centro de transformación Próxima a través de la red
iii Está a menos de 500 metros de los consumidores (distancia entre equipos de medida) Próxima a través de la red
iii (segundo párrafo) Si es fotovoltaica o eólica de hasta 5 MW y se conecta por líneas de transporte o distribución, la distancia puede llegar a menos de 5.000 metros Próxima a través de la red
iv Generación y consumos están en la misma referencia catastral (14 primeros dígitos) Próxima a través de la red

Es decir, el límite general sigue en 500 metros; los 5 km se aplican a la tecnología fotovoltaica o eólica de hasta 5 MW conectada por la red. Una comunidad de vecinos con placas en su cubierta, o un grupo de vecinos que comparten una instalación en su misma referencia catastral, no necesita esta ampliación.

Autoconsumo colectivo: según la definición del artículo 3.m), el colectivo puede pertenecer a cualquiera de las modalidades cuando se realiza entre instalaciones próximas de red interior. Cómo funciona el reparto y qué debe firmarse está en autoconsumo colectivo.

2. Cambios de modalidad y combinaciones

El artículo 4.5 del Real Decreto 244/2019 queda redactado así: quienes estén en una modalidad pueden acogerse a otra, adaptando la instalación al régimen jurídico, técnico y económico correspondiente. Con tres matices:

Para repasar cuál es cuál, lee qué es el autoconsumo solar y sus modalidades.

3. Gestor de autoconsumo

El RDL añade una letra m) al artículo 6 de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico. Define a los gestores de autoconsumo como las personas físicas o jurídicas que representan los intereses de los consumidores asociados a un autoconsumo, por autorización de estos, y realizan a su nombre las gestiones necesarias para su buen funcionamiento. En la práctica, es una figura pensada para que en un autoconsumo compartido alguien tramite reparto, altas y comunicaciones, en lugar de que lo haga cada vecino. El texto no fija tarifas ni requisitos de solvencia; si te ofrecen este servicio, pide contrato por escrito con el alcance, el precio y cómo se revoca la autorización.

Además, el artículo 40.2.u) obliga a las distribuidoras a ofrecer un servicio de atención a titulares de autoconsumo, sus representantes (incluido el gestor) y las comercializadoras, con teléfono gratuito y correo o servicio web, para presentar quejas e incidencias sobre los expedientes de acceso a la red y saber cuál es el siguiente paso.

4. Deducciones del IRPF

La disposición añade a la Ley 35/2006 una deducción del 10 % por instalar autoconsumo renovable en 2026 en un inmueble propio, y del 20 % para propietarios de viviendas en edificios residenciales donde se haya instalado, con una base máxima de 5.000 €. Solo cubre instalaciones finalizadas en 2026 y requiere el CIE. Tienes todos los requisitos y cuatro ejemplos con números en deducciones del IRPF por placas solares. También se recogen deducciones del 15 % por la compra de un vehículo eléctrico nuevo y por instalar un punto de recarga; están explicadas en placas solares y coche eléctrico.

5. Capacidad de acceso liberada para autoconsumo

La disposición adicional décima libera el 10 % de la capacidad reservada para concursos en los nudos donde haya concurso de capacidad, para nuevas instalaciones renovables asociadas a una modalidad de autoconsumo, y siempre que el cociente entre la potencia contratada en el periodo P1 y la potencia de generación instalada sea de al menos 0,5. Esta condición dejará de aplicarse a los dos años de la entrada en vigor del real decreto-ley. Afecta a proyectos de cierto tamaño; no cambia nada para una instalación doméstica.

6. Comunidades energéticas

La disposición adicional novena encarga al IDAE convocar un programa de ayudas a Oficinas de Transformación Comunitaria para promover comunidades energéticas, con un crédito extraordinario de 10 millones de euros. Es una ayuda para las oficinas de dinamización, no una subvención para instalar placas en tu casa.

Qué no cambió

Preguntas frecuentes

¿Cuándo entró en vigor? Al día siguiente de su publicación en el BOE (21 de marzo de 2026), según su disposición final. El Congreso lo convalidó el 26 de marzo.

¿Puedo compartir placas con un vecino a 3 km? Solo si la instalación es fotovoltaica o eólica de hasta 5 MW, se conecta por líneas de transporte o distribución y los equipos de medida quedan a menos de 5.000 metros. Consulta con un instalador y con la distribuidora.

¿Necesito un gestor de autoconsumo? No es obligatorio: la ley define la figura, no obliga a contratarla.

¿La deducción sigue vigente? Sí, para instalaciones finalizadas en 2026. Los detalles y la comprobación de otras normas posteriores están en la guía de IRPF.

¿Qué hago si mi expediente con la distribuidora está parado? Usa el servicio de atención que deben ofrecer y guarda las capturas o el número de referencia.

Fuentes