Deducción IRPF por placas solares en 2026: 10 % o 20 % y requisitos

Publicado el 20 de septiembre de 2026 · Última revisión: 21 de septiembre de 2026

Sí existe una deducción estatal en el IRPF por instalar autoconsumo renovable en 2026, y está en vigor. La creó el Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, publicado en el BOE el 21 de marzo, y el Congreso de los Diputados lo convalidó el 26 de marzo de 2026 (resolución publicada en el BOE del 28 de marzo). La deducción es del 10 % con carácter general y del 20 % para propietarios de viviendas en edificios residenciales donde se haya hecho la instalación, con una base máxima de 5.000 € al año. Solo cubre instalaciones que finalicen en 2026.

Fecha de consulta de las fuentes: 21 de septiembre de 2026.

Qué dice exactamente la norma

El RDL 7/2026 añade una disposición adicional sexagésima segunda a la Ley 35/2006 del IRPF. Estos son sus puntos clave, según el texto publicado en el BOE:

Aspecto Qué establece
Deducción general 10 % de lo pagado entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026 por instalar, en un inmueble de tu propiedad, un sistema de autoconsumo renovable (puede incluir almacenamiento)
Edificios residenciales 20 % para propietarios de viviendas situadas en edificios de uso predominante residencial en los que se haya hecho la instalación en 2026
Base máxima 5.000 € anuales; una misma instalación no da derecho a la vez a la deducción del 10 % y a la del 20 %
Cuándo se aplica En el periodo impositivo en el que finalice la instalación, que no puede ser posterior a 2026
Documentación exigida Autorizaciones y permisos legales y, en particular, el Certificado de Instalaciones Eléctricas (CIE)
Forma de pago Tarjeta, transferencia, cheque nominativo o ingreso en cuenta; nunca en efectivo
Actividad económica No se puede aplicar si la instalación está afecta a una actividad económica

Además, el texto aclara que se consideran cantidades satisfechas las necesarias para la instalación: equipos, materiales, mano de obra y obras necesarias. A la base hay que restarle las subvenciones recibidas o que vayas a recibir por resolución definitiva de concesión.

Ejemplos con números

Los importes son ilustrativos y parten de supuestos explícitos.

Caso 1: vivienda unifamiliar, sin subvención. Supuestos: instalación de 6.000 € pagada por transferencia en 2026, con CIE emitido en 2026. Base: 6.000 €, pero la base máxima es 5.000 €. Deducción: 5.000 € × 10 % = 500 €.

Caso 2: instalación pequeña. Supuestos: 3.200 € pagados con tarjeta. Base: 3.200 €. Deducción: 3.200 € × 10 % = 320 €.

Caso 3: con subvención autonómica. Supuestos: coste de 8.000 € y subvención concedida de 2.000 €. Base: 8.000 − 2.000 = 6.000 €, limitada a 5.000 €. Deducción: 500 €. Si la subvención fuese de 4.000 €, la base sería 4.000 € y la deducción 400 €.

Caso 4: piso en un edificio con instalación comunitaria. Si eres propietario de una vivienda en un edificio residencial donde se ha hecho la instalación, el porcentaje es del 20 %. Con una base de 1.500 € imputable a tu vivienda, la deducción sería de 300 €. Con una base de 5.000 € (el máximo), serían 1.000 €. La disposición no detalla cómo se imputa a cada propietario lo pagado por la comunidad; pregunta a la Agencia Tributaria o a tu gestor antes de calcularlo.

Qué significa «finalice en 2026»

La norma imputa la deducción al ejercicio en el que termina la instalación, y ese ejercicio no puede ser posterior a 2026. En la práctica, los pagos y la finalización deben caer en 2026, y hace falta el CIE. Si tu instalación se queda a medio hacer al terminar el año, no está claro que puedas aplicarla, y el texto no prevé una prórroga. Pide a tu instalador por escrito la fecha prevista de emisión del CIE y de la puesta en servicio antes de firmar.

Ten presente también que la deducción se aplica en la declaración de la renta del ejercicio 2026 (la que se presenta habitualmente en primavera de 2027); no es un descuento en la factura ni una subvención que se cobre aparte.

Incompatibilidades y límites

Cómo aplicarla paso a paso

  1. Comprueba que el inmueble es de tu propiedad y que la instalación se termina en 2026.
  2. Paga por un medio con rastro (transferencia, tarjeta). Pide factura con tu NIF y con conceptos desglosados.
  3. Consigue el CIE y guarda la documentación de la legalización.
  4. Anota cualquier subvención recibida o concedida: restará de la base.
  5. En la campaña de la renta de 2026, aplica la deducción siguiendo las instrucciones de la Agencia Tributaria.

Preguntas frecuentes

¿Sigue vigente el RDL 7/2026 o ha sido derogado? (Resumen del resto de medidas en novedades del RDL 7/2026.) Fue convalidado por el Congreso el 26 de marzo de 2026. En el RDL 18/2026, de 29 de junio, que consulté en el BOE, no aparecen modificaciones sobre esta deducción, pero conviene revisar el texto consolidado de la Ley 35/2006 cuando prepares tu declaración.

¿Puedo deducir las baterías? El texto dice que los sistemas de autoconsumo «podrán incluir sistemas de almacenamiento». Consulta cuándo compensan las baterías antes de decidir.

¿Y si ya pagué parte en 2025? La norma habla de cantidades satisfechas desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2026. Lo pagado antes de esa fecha no entra en el texto que hemos revisado; confírmalo con tu gestor.

¿Puedo combinarla con la bonificación del IBI? Son impuestos distintos (uno estatal y otro municipal), y esta disposición no las declara incompatibles entre sí. Consulta los detalles en ayudas para placas solares.

¿Y el punto de recarga del coche eléctrico? Tiene su propia deducción, distinta de esta. La explicamos en placas solares y coche eléctrico.

Cómo influye en la rentabilidad

Resta la deducción al coste inicial en la calculadora para ver el efecto sobre la amortización, y recuerda que la recuperas al presentar la renta, no el día que pagas.

Fuentes