Bonificación IBI e ICIO por placas solares en Blanes (2026)
Blanes bonifica tanto el IBI como el ICIO por instalar placas solares de autoconsumo, con un requisito propio: la instalación debe cubrir un mínimo del 60 % de la energía demandada por la vivienda. Esta guía resume las Ordenances fiscals 2026 del Ajuntament de Blanes.
Fuente principal: Ordenances fiscals 2026, Ajuntament de Blanes. Consultada el 23 de septiembre de 2026. Verifica el dato con el ayuntamiento antes de contratar.
Resumen
| IBI | ICIO | |
|---|---|---|
| Ordenanza | Impost sobre Béns Immobles, artículo 7è, apartado e | Impost sobre Construccions, Instal·lacions i Obres, artículo 6è, apartado b |
| Bonificación | 30 % de la cuota íntegra | 95 % de la cuota |
| Límite | 300 €/año; el total en 5 años no puede superar el 33 % del coste de la instalación | Solo sobre la parte del presupuesto de la instalación solar |
| Duración | 5 años desde la instalación | Puntual, en la obra |
| Requisito de cobertura | La instalación debe generar un mínimo del 60 % de la energía demandada en el inmueble | No se exige un mínimo de generación |
Requisitos de la bonificación del IBI (artículo 7è.e)
- La instalación no puede venir impuesta por ninguna normativa o legislación (por ejemplo, no aplica si la exige el Código Técnico de la Edificación en obra nueva).
- El importe máximo anual de la bonificación es de 300 €, y la suma de lo bonificado durante los cinco años no puede superar el 33 % del coste de la instalación del sistema de aprovechamiento eléctrico.
- La instalación debe generar un mínimo del 60 % de la energía demandada en el inmueble.
- Hay que estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Blanes.
- La bonificación tiene carácter rogado y debe solicitarse dentro de los cuatro años siguientes a la finalización de la instalación.
Documentación a presentar: permiso de obra; memoria técnica o proyecto de la instalación (según el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión) donde conste explícitamente la potencia del inversor y la potencia contratada, con la factura eléctrica complementaria si procede; Certificado de Instalación Eléctrica de Baja Tensión (CIE) y, si el proyecto lo requiere, certificado de dirección y acabado de obra; inscripción en el Registre d’Instal·lacions Tècniques de Seguretat Industrial de Catalunya (RITSIC); e inscripción en el Registre d’Autoconsum de Catalunya (RAC).
Esta bonificación no es acumulable con otras bonificaciones del mismo artículo aplicadas al mismo ejercicio y sujeto pasivo: si coincidieran los requisitos de varias, se aplica la de mayor cuantía.
La bonificación del ICIO (artículo 6è.b)
Las obras que incorporen sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para autoconsumo tienen una bonificación del 95 % de la cuota del ICIO, condicionada a que la instalación no venga impuesta por ninguna ordenanza municipal u otra normativa, y a que, si es para producción de calor (solar térmica), los colectores tengan la homologación correspondiente de la Administración competente. La bonificación solo se aplica a la parte de la base imponible correspondiente a las partidas de obra directamente relacionadas con la instalación, y se acredita mediante informe favorable de los Servicios Técnicos Municipales.
Ejemplo con números
Supuestos ilustrativos: vivienda con IBI anual de 500 € e instalación fotovoltaica de 6.000 € que cubre más del 60 % de la demanda energética del inmueble.
| Concepto | Cálculo | Resultado |
|---|---|---|
| Bonificación anual del IBI (30 % de 500 €) | 500 € × 30 % | 150 € |
| Tope anual | — | 150 € (no supera los 300 €) |
| Total en 5 años | 150 € × 5 | 750 € |
| Tope del 33 % del coste de instalación | 6.000 € × 33 % | 1.980 € |
Como 750 € no supera el tope de 1.980 €, en este ejemplo se cobraría la bonificación completa de los cinco años. Si el IBI anual fuera de 1.200 €, el 30 % (360 €) superaría el tope anual de 300 €, así que la bonificación quedaría limitada a 300 €/año (1.500 € en 5 años).
ICIO. Con un presupuesto de ejecución material de 6.000 € para la parte de instalación solar, la cuota del ICIO sin bonificar dependerá del tipo de gravamen vigente en Blanes; aplicando el 95 % de bonificación, el sujeto pasivo pagaría solo el 5 % de esa cuota.
Cómo solicitarlo
- Antes de instalar, confirma con tu instalador que la producción prevista cubrirá al menos el 60 % de tu demanda energética anual; usa la calculadora para estimarlo.
- Al ejecutar la obra, solicita la bonificación del ICIO acreditando la instalación con informe favorable de los Servicios Técnicos Municipales.
- Termina la instalación, obtén el CIE y da de alta la instalación en el RITSIC y el RAC. Revisa el proceso completo en legalizar la instalación en Cataluña.
- Presenta la solicitud de bonificación del IBI con toda la documentación técnica, dentro de los 4 años siguientes a la finalización de la instalación.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si mi instalación cubre menos del 60 % de mi demanda? Según el texto de la ordenanza, no cumplirías el requisito para la bonificación del IBI. Dimensiona la instalación con cuidado: consulta cuántas placas solares necesito.
¿El tope de 300 €/año es por vivienda o por instalación comunitaria? El texto de la ordenanza no distingue un régimen especial para instalaciones comunitarias como sí hacen otros municipios de la zona (por ejemplo, l’Escala). Consulta con el ayuntamiento si tu caso es una instalación en un edificio de varias viviendas.
¿Puedo combinar esta bonificación con la deducción del IRPF? Sí, son beneficios de administraciones distintas (municipal y estatal) y compatibles entre sí. Consulta los requisitos de la deducción estatal en deducciones del IRPF por placas solares.
¿Necesito el RAC para pedir la bonificación del IBI? El texto de la ordenanza exige la inscripción en el Registre d’Autoconsum de Catalunya como parte de la documentación, así que sí es necesario antes de solicitar la bonificación.
Antes de contratar
Calcula tu instalación en cuántas placas solares necesito y resta esta ayuda al coste en la calculadora. Consulta también las ayudas generales para autoconsumo solar.